¿Vendes tu vivienda? Estos son los impuestos que debes prever

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Cualquier proceso de compra/venta puede suponer un verdadero quebradero de cabeza si no estás familiarizado con el lenguaje del sector. Gastos, impuestos, Euríbor o IRPF son algunas de las palabrejas que has oído en algún momento por boca de un amigo o familiar  pero que aún no has conseguido descifrar.

Anteriormente en nuestro blog contamos o más bien dicho, tradujimos, toda la información relativa a los impuestos que debes considerar a la hora de adquirir tu nuevo hogar. Pero a menudo nos olvidamos del vendedor. Y sin embargo, vender una casa también conlleva gastos y, por supuesto, un lenguaje confuso difícil de descifrar.

Pero ¡no te preocupes! Desde INTIAA te ofrecemos toda la información necesaria si te decides finalmente a embarcarte en un proceso de venta.

En todo proceso de venta, existen dos impuestos a considerar: el IRPF y la Plusvalía Municipal. Sin embargo, su cargo dependerá estrictamente a si reinvierte el 100% de la venta previa o si la vivienda se vende por un valor inferior al que se compró. A continuación, te detallamos todos y cada uno de los casos.



IRPF

Los propietarios que vendan su casa están obligados a tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) si residen en España. En caso de los no residentes, estarán sujetos al Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Para calcular esta ganancia se debe tomar como referencia la diferencia entre el valor por el que se vendió la vivienda y el valor por el que se adquirió. Ese importe se declara en la base imponible del ahorro del IRPF. En caso que al realizar este cálculo salga que la vivienda ha sido vendida por un valor inferior al que se compró se considera que ha existido una pérdida de patrimonio y, por lo tanto, no debe tributarse.

Pero si por el contrario, existe una ganancia, se debe tributar de la siguiente forma:

–       Un 19% en el caso de 6.000 euros

–       Un 21% entre 6.001 y 44.000 euros

–       23% las cantidades que superen los 44.000 euros,

Existe un tercer caso en el que si se reinvierte la ganancia (o parte de ella) obtenida de la venta en otra vivienda de primera residencia, el vendedor no tiene que pagar el IRPF. Eso sí, debe indicar en la declaración de la renta su intención de acogerse al beneficio fiscal por reinversión.

“Para acogerse a la exención total de la plusvalía obtenida, es obligatorio reinvertir la totalidad del importe percibido por la compraventa previa. El plazo de la reinversión no puede superar los dos años desde la fecha de la transmisión abonando el importe en un único pago o en diversos plazos sucesivos según el contrato de compraventa firmado», explica José Luis Alzaga, gerente de INTIAA.

Finalmente, existe un último caso donde también se exime de tributación a los mayores de 65 años o a las personas en situación de dependencia.


Plusvalía municipal

A menudo, los vendedores solo tienen en mente el IRPF dentro del proceso de venta de una vivienda. Sin embargo, no hay que olvidarse (¡y no por ello es menos importante!), de la Plusvalía municipal. Pero, ¿qué es exactamente?

La Plusvalía no es más que el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Es decir, hace referencia únicamente a los terrenos de naturaleza urbana, quedando fuera los de naturaleza rústica. Asimismo, solo tributa el valor del suelo y no el de la construcción.

«Aunque es un impuesto que corresponde pagar a quien vende la casa y no a quien compra», matiza José Luis gerente de INTIAA.

Se calcula en función del valor catastral de la vivienda y el número de años que se ha tenido en propiedad. Este cálculo depende de cada ayuntamiento, que se rige por la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin embargo, se exige tanto si la venta ha generado ganancias como pérdidas. Aunque se puede evitar el pago cuando la operación ha dado como resultado minusvalías.

Desde INTIAA, siempre recomendamos hacer estas gestiones previamente a la comercialización del inmueble para conocer con certeza que importe acarrearán a los propietarios estos dos impuestos y que les permita evitar sustos inesperados una vez que aparezca el comprador.

Esperamos que después de leer este artículo estés un poco más familiarizado con todos estos términos. Y si aún necesitas ayuda, no dudes en consultarnos para resolver todas tus dudas y preocupaciones. ¡Estaremos esperándote! Por el momento, te ayudamos con este infográfico 😉

 

ImpuestosVivienda_Intiaa (1)

1 Comment

  1. […] Respecto a los impuestos que conlleva la venta os adjuntamos el enlace de otras semanas para que puedas consultarlo https://www.intiaa.com/vendes-vivienda-estos-los-impuestos-debes-prever/. […]

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