Hace apenas un par de semanas te adelantamos desde INTIAA todos los cambios sobre la nueva ley de alquiler como resultado del Decreto Ley presentado por el Gobierno.
Posiblemente, uno de los cambios más relevantes que recogía el Decreto Ley sobre el alquiler era la prórroga de los contratos de 3 a 5 años de forma automática. Y de 5 a 7 años si el arrendatario era una persona jurídica.
Sin embargo, si ya auguramos un 2019 cargado de cambios, la nueva normativa de alquiler no podía quedar al margen. Y es que el pasado 23 de enero el Decreto Ley sobre el mercado del alquiler presentado por el Gobierno fue fulminado en el Congreso. Y, ¿Qué significa?
A partir de ahora, los contratos de alquiler firmados entre el 19 de diciembre de 2018 hasta el 23 de enero de 2019 seguirán siendo plenamente aplicables y sometidos al régimen de dicho Decreto-Ley – periodo durante el cual ha sido vigente el Decreto Ley. Por consiguiente, la extensión de los contrates de 3 a 5 años queda vigente para todos los contratos cerrados durante este periodo. Sin embargo, los contratos de alquiler que se firmen a partir del 24 de enero – después de la derogación del Decreto Ley- seguirán regulados por la normativa previa a dicho Decreto Ley.
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