La semana pasada se dio por terminada, después de más de dos años y medio de retraso, la ponencia sobre la nueva ley de crédito inmobiliario. Muy posiblemente, no sepas las implicaciones exactas derivadas de la nueva resolución. Pero lo que sí te podemos asegurar es que tendrá un impacto directamente positivo para el consumidor que cambiará por completo las reglas de juego vigentes hasta el momento.
Una de las claves de la nueva ley se encuentra en la nueva normativa sobre desahucios. Por primera vez en la historia del país, no estará permitido desahuciar a un cliente por impagos si:
Anteriormente, era necesario tan solo el impago de una sola mensualidad para que un banco ejecutara dicha orden. Asimismo, a partir de ahora se establecerá la obligación de evaluar cada caso con extrema rigurosidad para determinar la solvencia o no de un cliente.
Y es que si todo esto fuera poco, el nuevo marco normativo obliga a las entidades bancarias a proporcionar las pruebas necesarias sobre todas y cada una de las cláusulas contenidas en su contrato con el cliente. El cliente, por su parte, dispondrá del derecho de contar con asesoramiento gratuito del notario.
Por último, la nueva ley convertirá el código de buenas prácticas de crédito hipotecario en «permanente y obligatorio» para los bancos de forma que los deudores más vulnerables puedan tener acceso a opciones de alivio de la deuda.
Otra de las muchas novedades más jugosas incluye la nueva ley es la prohibición de vender productos vinculados a la hipoteca. Eso sí, con una excepción. Se podrán incluir si se considera que pueden ser beneficiosos para el cliente. ¿Y cómo impactará al cliente? A partir de ahora, no será necesario contratar, por ejemplo, el seguro de la vivienda con la entidad bancaria con la que se firma la hipoteca. Y así, para el resto de cualquier producto vinculado con una hipoteca.
La nueva ley incluye, también, una nueva reordenación de los gastos relativos a la hipoteca. Es decir, a partir de ahora serán los bancos quienes nuevamente asumirán más gastos. Éstos incluyen los de gestoría, notaría, registro y el impuesto de actos jurídicos documentados (ya comentado ampliamente en anteriores artículos en el blog).
El nuevo texto limita además las comisiones para la amortización anticipada de la hipoteca. Esto significa, básicamente, que en el caso de una hipoteca con interés variable, las comisiones no podrán superar el 0,15% del capital reembolsado anticipadamente, o un 0,25% del capital reembolsado si se produce durante los primeros tres años. Si se trata, en cambio, de una hipoteca de interés fijo, no podrá superar el 2% en el caso de los 10 primeros año o el 1,5% para los años siguientes.
A la luz de la nueva normativa, desde INTIAA consideramos que la ley impactará principalmente en:
– Endurecimiento de la concesión del crédito por parte de la entidades financieras.
– Aumento de los costes financieros directos de los créditos debido a la eliminación de productos vinculados.
– Mayor transparencia para los deudores pudiendo decidir que productos vinculados desean y con quien contratarlos.
Si se confirman los pronósticos, el nuevo texto no entrará en vigor hasta finales de año. Esto implica que probablemente, y si nada falla, no esté listo hasta el mes de marzo. Asimismo acarrea consigo algunos puntos delicados, como por ejemplo, el de los desahucios. Y es que una de las preguntas que planean sobre la mesa es saber a partir de cuándo se aplicará dicha ley que (y si se aplicará retroactividad) en algunos casos, podría parar aquellos desahucios pendientes de sentencia. Pero para cuando esto ocurra, te informaremos de todo y cada uno de los detalles, para que sepas como enfrentarte a este nuevo escenario jurídico.